A menudo, cuando en la corte, puedes ver hay tráfico de Inspector de policía, que está presente en una reunión sobre el delito de tráfico de camino. Que yo sepa, son llamados como testigos. ¿Y un Inspector de policía de tránsito, quien compuso el protocolo, para ser un testigo? Según el párrafo 1 del arte. 25.6 la Ccl como testigo en el caso de infracción administrativa puede ser causada por una persona que pudo haber sabido las circunstancias del caso, que se fijará. Por lo tanto, este artículo y el código administrativo no generalmente prohíbe la participación en dichos empleados casos de policías de tránsito. Sin embargo, debe destacarse que la explicación dada en el párrafo 10 del pleno de las fuerzas armadas de RF de 24.03.2005 Nº 5 ” algunas de las cuestiones planteadas por los tribunales en la aplicación del código de infracciones administrativas”. Según esta explicación: “cuerpos y funcionarios, Informe sobre infracción administrativa que no son partes en el procedimiento los casos de infracciones administrativas que figuran en el capítulo 25 del código de infracciones administrativas “, pero luego dijo:” sin embargo, en el caso de las personas responsables de infracciones administrativas, así como en quejas de pronunciarse sobre los casos de infracciones administrativas si necesario la posibilidad de convocar aclarar las cuestiones planteadas”.
Por lo tanto, puede ser el oficial de policía de tráfico, quien compuso el protocolo no puede ser un testigo en el mismo caso, ya que tiene un interés directo en el resultado del caso. ¿Así como tráfico de oficial de policía es alguien en el proceso? Él no es una fiesta para el caso y por lo tanto, no es un testigo u otra persona identificada en el capítulo. 25 de lo administrativo del código y llevarlo como cualquiera de las personas mencionadas en el capítulo. 25 del código administrativo es neobasnovannym. Lo más probable es el papel el Inspector es una aclaración de las circunstancias del caso. Sin embargo, debe recordarse que el Inspector es la persona que su testimonio a la necesidad de incluir más crítico. Lamentablemente, como suele ser el caso, el juez considerar las pruebas, según corresponda, es decir, que no es razón para no confiar, que a su vez constituye una violación del arte. 26,11 de ‘evidencia puede tener una fuerza predeterminada…’ Si combinas estos matices en el caso de infracción administrativa, entonces hay una posibilidad de apelación con la posibilidad de cancelación posterior de los actos del Tribunal.